“Es inadmisible tolerar que el desarrollo del turismo pueda ser utilizado como instrumento para promover la explotación sexual comercial de nuestra infancia”.
Señores empresarios, conciudadanos, padres; por la sostenibilidad ética, social y cultural de nuestras comunidades, de nuestras empresas y de nuestra sociedad es importante tomar conciencia y actuar de forma enérgica, con el fin de generar las condiciones necesarias para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes en las áreas turísticas nacionales, a fin de erradicar la explotación sexual comercial asociada al turismo.
La actividad turística en la actualidad es una fuente importante de ingresos económicos para los países, porque conlleva beneficios como el desarrollo económico, el intercambio cultural y la promoción internacional de un determinado lugar, entre otros. Sin embargo, cabe resaltar que en la misma medida en la que se ha incrementado el turismo y el desarrollo de proyectos hoteleros, también han crecido fenómenos negativos como la explotación sexual comercial de los niños, niñas y adolescentes (el cual en adelante llamaremos, ESCNNA).
El desarrollo de las regiones y de la infraestructura turística, que sirve para garantizar el servicio y comodidad de los viajeros, se puede convertir también indirectamente en un espacio que promueve actividades sexuales con personas menores de edad, de manera no siempre consciente. En este sentido, los hoteleros y demás actores turísticos, tienen una “gran responsabilidad social”, al evitar convertirse en instrumento de una actividad delictiva sumamente dañina para la misma sociedad y las comunidades de la que surge la mano de obra y que es la base del desarrollo de dicha industria.
Según la Organización Mundial del Turismo OMT, “el turismo comprende las actividades que realizan las personas (turistas) durante sus viajes y estancias en lugares distintos al de su entorno habitual, por un período consecutivo inferior a un año, con fines de ocio, por negocios y otros motivos.
El turismo es una actividad social y económica cuya motivación fundamental es la satisfacción de las necesidades humanas, revirtiendo una gran importancia para la salud emocional y física de los individuos que se trasladan a un hábitat diferente al que residen, en busca de diversión y recreación”.
“Mediante la concientización de aquellos que trabajamos en el sector turístico y mediante la promoción activa más responsable y el comportamiento ético en los viajes, la industria turística está comenzando a ser, un fuerte soporte en la lucha para erradicar la explotación sexual de niños”.
La Organización Mundial del Turismo OMT, ha señalado los principios y valores que definen el turismo sostenible:
Los Recursos naturales y culturales se conservan para su uso continuado en el futuro, reportando beneficios sin sacrificar las generaciones por venir;
El desarrollo turístico se planifica y gestiona de forma que no cause serios problemas ambientales o socioculturales en la comunidad;
La calidad ambiental se mantiene y mejora;
Se procura mantener un elevado nivel de satisfacción de los visitantes y el destino retiene su prestigio y potencial comercial; y
Los beneficios del turismo se reparten ampliamente entre toda la sociedad.
Como la mayoría de las actividades económicas, el turismo no solo ofrece ventajas a los destinos, sino también desventajas. Este planteamiento nos permite afirmar que: cuando el desarrollo turístico se da de una manera descontrolada, puede afectar negativamente a las comunidades receptoras y a sus miembros más vulnerables (los niños, niñas y adolescentes).
El turismo no es un fin, sino un medio de desarrollo personal y social; por lo tanto: “La explotación de seres humanos, en cualquiera de sus formas, especialmente la sexual, y en particular cuando afecta a la infancia, vulnera los objetivos fundamentales del turismo y constituye una negación de su esencia. De acuerdo a lo anterior, conforme al derecho internacional, se debe combatir sin reservas con la cooperación de todos los países interesados, y sancionarse con rigor en las legislaciones nacionales de los países visitados y de los países de los autores de esos actos, incluso cuando se hayan cometido en el extranjero”.
Impacto de la Explotación Sexual Comercial de niños, niñas y Adolescentes (ESCNNA) en los Destinos Turísticos.
El impacto de la ESCNNA atraviesa los ejes de sostenibilidad a nivel social, cultural, ético, económico y medioambiental, afectando drásticamente a nuestra infancia, a la familia, a la comunidad y a la propia industria turística.
“Los niños, niñas y adolescentes que son explotados sexualmente, sufren daños muy difíciles de tratar; en su salud física, mental, social y moral. Por lo general son introducidos al mundo de las drogas y del alcohol por los proxenetas como un medio de control, o por iniciativa propia para evadir el sufrimiento que le produce la realidad en que viven; están expuestos a las infecciones de transmisión sexual y al VIH-SIDA; al maltrato físico (golpizas, privaciones, hambre, etc.) y a optar por una vida delincuencial que les impide un desarrollo integral y el pleno disfrute de sus derechos”.
Ante la situación que se plantea, la sociedad y los entornos turísticos, ven erosionados los valores y los derechos humanos de sus ciudadanos, afectando la salud a todo nivel de la sociedad, lo que implica una gran inversión en programas de sensibilización, prevención y atención.
“La ESCNNA daña la imagen del país y reduce la calidad de nuestra oferta turística y la cantidad de turistas se ve disminuida, lo que repercute directamente en el crecimiento económico y la entrada de divisas”.
La protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La Declaración de los Derechos del Niño, aprobada el 20 de noviembre de 1959, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, estableció diez principios, cuidadosamente redactados, para la protección de la infancia. Esta Declaración, además de proclamar los derechos de las niñas y de los niños, insta a los padres, a los adultos, a las organizaciones y a las autoridades, a que reconozcan estos derechos y luchen por su observancia.
PRINCIPIO 1. Establece que los derechos enunciados en la declaración serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna.
PRINCIPIO 2. Prevé que el niño gozará de protección especial y podrá disponer de las oportunidades y servicios que le permitan desarrollarse en forma sana y normal, en condiciones de libertad y dignidad a fin de crecer no sólo física, sino también mental, moral y socialmente.
PRINCIPIO 3. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
PRINCIPIO 4. El niño tiene derecho a disfrutar de los beneficios de la Seguridad Social, por lo tanto de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados. Los cuidados especiales que se le brinden al menor y a su madre, deben garantizarse desde antes de su nacimiento.
PRINCIPIO 5. Los niños con alguna enfermedad o discapacidad física o mental, deben recibir tratamiento, educación y cuidados especializados. Pueden aprender muchas cosas si se les dedica atención y cuidados adecuados.
PRINCIPIO 6. Los niños, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesitan de amor y comprensión. Siempre que sea posible deberán crecer bajo el cuidado y responsabilidad de sus padres; salvo casos excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y autoridades, tienen la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
PRINCIPIO 7. El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le debe dar una educación que favorezca su cultura general y le permita desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, para llegar a ser un miembro útil a la sociedad. El niño debe disfrutar de juegos y recreaciones.
PRINCIPIO 8. Los niños deben ser los primeros en recibir protección y socorro.
PRINCIPIO 9. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada y, en ningún caso se le permitirá que se dedique a alguna ocupación o empleo que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
PRINCIPIO 10. El niño debe ser protegido contra las prácticas discriminatorias. Si alguno es diferente al resto de los demás porque habla otro idioma, tiene otros gustos, otras costumbres, otras ideas, otra religión o viene de otro pueblo, no debe hacérsele sentir inferior o extraño, tiene los mismos derechos que los demás. Cualquiera que sea el color de la piel, de sus ojos o de su cabello, tiene derecho a ser respetado. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
Los principios 2, 7 y 9 están directamente relacionados con la protección de los niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual y comercial. La violencia, el abuso y la explotación sexual afectan sensiblemente su sano desarrollo físico, mental, moral y social, produciéndoles daños que en muchos casos, se arrastran a lo largo de la vida, limitándoles la capacidad de autorrealización, bienestar y felicidad.
La mayoría de los niños y niñas explotados termina muriendo de VIH-SIDA, tuberculosis u otras enfermedades como consecuencia de las relaciones que son obligados a mantener. Se calcula que en el año 2000 más de 50.000 menores prostituidos, fallecieron a causa del SIDA.
La protección de las niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual comercial ha adquirido tanta relevancia, que la Organización Mundial del Turismo OMT también se sumó a la causa y publicó una Declaración al respecto, donde rechaza, denuncia y condena en particular el turismo sexual que afecta a la infancia por considerarlo como violación del artículo 34 de la Convención sobre los derechos del niño (Naciones Unidas, 1989), y requiere una estricta acción jurídica de parte de los países emisores y receptores de turistas. En el mismo texto, la OMT pide a los gobiernos y al sector turístico tomar acción en contra de ese flagelo.
En diciembre de 2001, la Asociación del Transporte Aéreo Internacional, IATA, junto a la Organización Mundial del Turismo, OMT, presentaron una declaración conjunta en el “II Congreso Mundial contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes” celebrado en Yokohama, Japón; instando las personas que ocupan puestos de poder y autoridad, a tomar medidas para combatir la ESCNNA y apelando al “Código Ético Mundial del Turismo”.
Los estados deben apoyar la “promoción de un cambio cultural” de CERO TOLERANCIA a la ESCNNA, para lo cual se deben realizar campañas permanentes de comunicación, con el objetivo de sensibilizar a la población y orientar sobre los mecanismos de denuncia, buscando que las comunidades se conviertan en aliadas contra la ESCNNA.
Clasificación del Abuso Sexual.
Para entender el concepto y poderlo prevenir y combatir, se clasifica de la siguiente manera:
Intrafamiliar (incesto): Cuando el perpetrador/a del abuso es una persona del entorno familiar del niño o niña; esta relación puede estar definida por consanguinidad, afinidad o adopción.
Extrafamiliar: Cuando el perpetrador es una persona que no pertenece a la familia del niño, niña o adolescente.
Sin contacto físico: Equivale a la aproximación sexual por medio de comentarios o propuestas sexuales, verbales o no. Se incluyen también los casos de voyerismo y exhibicionismo.
Con contacto físico no violento: Representado por toques y caricias sexuales o masturbación del perpetrador/a al niño o niña, o la inducción a que el niño o niña acaricie al perpetrador/a.
Con contacto físico violento: Se trata de acercamientos sexuales con uso de la fuerza física. Incluye la violación.
Explotación sexual comercial: Utilización de los niños y niñas para la satisfacción sexual por adultos, con contacto físico o no, a cambio de una remuneración en dinero o en especie al niño/a o a terceras personas. Constituye una forma de coacción y de violencia contra los niños y se considera como una forma contemporánea de esclavitud. Incluye las relaciones sexuales remuneradas, la pornografía, el tráfico y venta de niños, entre otras formas de explotación sexual. (Primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial, Estocolmo, Junio 1996).
Utilización de niños, niñas y adolescentes en actividades sexuales por turistas y viajeros: Explotación sexual de un niño por una persona o personas que viajan fuera de su propio país o región y emprende actividades sexuales con el niño. Normalmente implica alguna forma de pago; ya sea en dinero o especie, como comida, ropa o baratijas.
Utilización de niños, niñas y adolescentes en la pornografía: Toda representación, por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales. (Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía).
Tráfico de Niños, Niñas y Adolescentes para fines comerciales: Se denomina tráfico de niños y adolescentes a la actividad lucrativa de transportarlos con fines sexuales comerciales. El reclutamiento y traslado puede ser entre países o en el interior del propio país, con o sin el consentimiento de los responsables del menor de edad y mediante engaño o coerción.
Trata de Niños, Niñas y Adolescentes: La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
Ideas erróneas comunes:
Para trabajar en la erradicación de la ESCNNA en el Turismo y especialmente en la hotelería, es crucial entender cuál es la naturaleza de la problemática. El primer paso es concientizar y promover “un cambio cultural”; que permita superar las ideas erróneas que se tiene sobre la ESCNNA.
Algunas equivocaciones y creencias comunes son:
“Los menores de edad son explotados (prostituidos) sexualmente porque les gusta y eligieron este trabajo”.
“El abuso sexual a los menores de edad no siempre es perjudicial”.
“Los niños, niñas y adolescentes explotados sexualmente ganan mucho dinero”.
“Las personas que utilizan sexualmente a los niños, niñas y adolescentes les hacen un favor pagándoles, así mantienen a su familia”.
“Los agresores son normalmente enfermos psiquiátricos o personas de edad avanzada”.
“La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes sólo ocurre en un ambiente de extrema pobreza”.
“Las condiciones climatológicas inciden en el despertar sexual de los adolescentes”.
“La explotación sexual comercial ocurre sólo con niñas o adolescentes del sexo femenino”.
“La explotación sexual comercial es un problema que traen los turistas extranjeros”.
“El sexo con menores de edad es más seguro”.
Al leerlas, lo primero que pensamos es que no es posible que las personas piensen eso; pero sucede, por falta de información, costumbres degradadas, ignorancia, etc.
Nuestro deber ético y moral, es velar porque estas situaciones no se presenten más; ya sea concientizando a las personas sobre las consecuencias negativas que generan éste tipo de comportamientos e ideas erróneas y denunciando con prontitud ante las autoridades. Recordemos que ante el ESCNNA debemos tener CERO TOLERANCIA.
La violencia contra la infancia y adolescencia en cualquiera de sus formas: maltrato, abuso y explotación, incluyendo la explotación sexual comercial (ESC) es una violación a los Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes, determinada por una gran cantidad de variables interconectadas de forma muy compleja: la violencia intrafamiliar, el abuso físico, psicológico y sexual, el consumismo, el rápido crecimiento y expansión del sector turístico sin respetar las necesidades y cultura de las comunidades, el deterioro de los valores, la pobreza, la baja escolaridad, la ausencia de empleo y de ingreso para que las familias puedan llevar una vida digna, son, entre otras, algunas de las variables que inciden en este fenómeno.
La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes es un problema de alcance mundial. Se estima que más de 1 millón de niños y niñas en el mundo están esclavizados por los “mercaderes ilegales del sexo”. Son muchos los destinos turísticos que sufren de la ESCNNA, por lo regular en países en vía de desarrollo, con economías débiles y dependientes de la actividad turística. A medida que los gobiernos y la sociedad civil de estos países han impulsado políticas y acciones para erradicar esta problemática, los explotadores se han ido desplazando a otros países vulnerables que emergen como nuevos destinos turísticos para la ESCNNA.
En nuestros países, con mucha frecuencia la violencia intrafamiliar desmedida es uno de los factores que propicia la expulsión o escape de las adolescentes de sus hogares, cayendo fácilmente en redes de prostitución. Otros entornos familiares poco favorables que propiciaron la ESC han sido la ausencia o irresponsabilidad del padre, o la tolerancia o complicidad implícita al aceptar el dinero recibido por su explotación. El machismo y discriminación contra los menores de edad se muestra como una constante, al considerarse socialmente a las adolescentes como mujeres adultas desde el momento en que tienen relaciones sexuales. Además de verlas como objetos sexuales, se las culpa de su situación y se considera que su mejor opción es encontrar un marido extranjero o con oportunidades, para “sacarlas de la actividad sexual comercial”.
Si bien, la idea de este artículo no es culpar a la actividad turística de la explotación sexual comercial, por no considerarla promotora directa de la misma, sí la considera en gran medida cómplice, por no actuar en forma proactiva y ética al respecto. Solamente cuando las autoridades toman medidas de fuerza; como cerrar los establecimientos, imponer multas y/o realizar extinción de dominio, se empieza a implementar los controles necesarios de acuerdo a la legislación.
Consecuencias de la explotación sexual comercial en niñas, niños y adolescentes.
La explotación sexual comercial tiene un alto impacto en el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes que son sometidos a esa mala práctica.
Desvalorización de su auto-imagen y baja auto-estima.
Pérdida de la confianza en sí mismos.
Vergüenza, sentimientos de culpa y de incapacidad para poder salir de esta situación.
Embarazos no deseados.
Vulnerabilidad para caer en adicción al alcohol y las drogas.
Infecciones de transmisión sexual.
Sufren violencia física y emocional.
Trastornos del sueño.
Depresión.
Deserción escolar.
Pérdida de la etapa de vida infantil o adolescente para asumir responsabilidades de adultos cuando aún no están preparados para ello.
Son víctimas de la exclusión social y culpabilizados por la situación que viven.
Pérdida de la ilusión y la alegría por la vida.
Se quedan sin proyecto de vida.
Actores Involucrados en la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes.
Los actores involucrados en la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en el contexto del turismo incluyen a la industria del turismo, a los turistas, a los propios niños, niñas y adolescentes, y a los ciudadanos locales. “La industria del turismo no propicia un crecimiento de la explotación sexual comercial en su sector, sin embargo sus instalaciones y sus servicios si pueden ser utilizados para que este fenómeno ocurra”.
Recordemos que los niños, niñas y adolescentes de los destinos turísticos no participan voluntariamente en actividades sexuales, por lo regular son coaccionados, vendidos o reclutados por particulares o familiares que los explotan.
De igual manera, los ciudadanos locales participan en la medida en que van creando organizaciones o redes para propiciar esta actividad, tomando en consideración las grandes sumas de dinero que los turistas están dispuestos a pagar por tener sexo con menores de edad. El nivel de tolerancia social de la comunidad hace más vulnerables a los niños, niñas y adolescentes.
Responsabilidades de los Prestadores de Servicios Turísticos en la Prevención de la Violencia, Abuso y ESCNNA.
La situación de vulnerabilidad de los niños, niñas y adolescentes ante la explotación sexual y comercial en el contexto del turismo se dio a conocer a nivel internacional a principios de los años 90, por organizaciones no gubernamentales ONG, que en esos años organizaron una campaña en contra de esa mala práctica, específicamente en el contexto del turismo asiático.
Una de las principales organizaciones se denominó End Child Prostitution at Tourism, ECPAT (por sus siglas en inglés), y que significa: “Eliminar la Prostitución Infantil en el Turismo”.
En 1996, ECPAT amplía su radio de acción y de trabajo, incluyendo los problemas de la trata de niñas, niños y adolescentes para fines sexuales y de la pornografía infantil. Al ampliar los contenidos de su lucha, ECPAT cambia su nombre por End Child Prostitution, Child Pornography and Trafficking of Children for Sexual Purpose, o “Eliminar la Prostitución Infantil, la Pornografía Infantil y la Trata de Niños con Fines Sexuales”, lo que no significó un cambio de acrónimo. Actualmente ECPAT tiene representación en más de 70 países.
Entre las principales funciones de ECPAT, se encuentran la promoción y la implementación del “Código de Conducta” para la Protección de los Niños frente a la Explotación Sexual en el Turismo. Una iniciativa de la institución que hoy cuenta con el apoyo de UNICEF y la OMT. Considerada una de las herramientas más efectivas para combatir la ESCNNA en el turismo.
La OMT, en 1995 consideró el tema de la ESCNNA en la “Declaración Sobre la Prevención Del Turismo Sexual Organizado”, convirtiéndose éste en el primer documento formal adoptado por los países miembros donde se trata el tema de la Explotación Sexual Infantil en el ámbito turístico internacional.
Tras el Congreso de Estocolmo del año 1996, la OMT creó el Grupo de Acción Sobre Prostitución Infantil y Turismo, cambiando este nombre en el 2001 por el de Grupo de Acción para Proteger a los niños de la Explotación Sexual en el Turismo. Esta plataforma mundial de acción, es una red abierta que está constituida por agentes claves de la actividad turística y tiene como objetivo fundamental evitar, revelar, aislar y erradicar la ESC de los niños en el contexto del turismo.
La Organización Mundial del Turismo OMT, adopta en el 1999, mediante la Resolución de la decimotercera Asamblea General de la organización, celebrada en Santiago de Chile, el “Código Ético Mundial del Turismo”, afirmando el derecho al turismo y la libertad de desplazamiento turístico. “Expresamos nuestra voluntad de promover un orden turístico mundial equitativo, responsable y sostenible, en beneficio mutuo de todos los sectores de la sociedad y en un entorno de economía internacional abierta y liberalizada, y proclamamos solemnemente con ese fin los principios del Código Ético Mundial para el Turismo”, los cuales se señalan a continuación:
Contribución del turismo al entendimiento y al respeto mutuo entre hombres y sociedades.
El turismo, instrumento de desarrollo personal y colectivo.
El turismo, factor de desarrollo sostenible.
El turismo, factor de aprovechamiento y enriquecimiento del patrimonio cultural de la humanidad.
El turismo, actividad beneficiosa para los países y las comunidades de destino.
Obligaciones de los agentes de desarrollo turístico.
Derecho al turismo.
Libertad de desplazamiento turístico.
Derechos de los trabajadores y de los empresarios del sector turístico.
Aplicación de los principios del Código Ético Mundial para el turismo.
La organización Mundial del Turismo OMT a través del “Código Ético Mundial”, señala las “reglas del juego” para los destinos, los gobiernos, los empresarios hoteleros, los agentes de viajes, los tour operadores, los promotores, los empleados, los propios viajeros y las comunidades. Y nos presenta las funciones y responsabilidades de cada uno de los actores involucrados en la actividad turística, para eliminar la explotación sexual de los niños en el turismo.
Responsabilidad de los Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje:
Mantener una política de oposición a la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes (Declaración firmada del código de Conducta al respecto).
No permitir que la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes ocurra en sus instalaciones.
Sensibilizar a su personal sobre el problema; legislación vigente y riesgos.
Formar a todo su personal, para que denuncie e identifique actividades sospechosas.
Coordinar acciones al respecto con las autoridades y la comunidad.
Exponer de forma visible el logo de la campaña internacional y/o nacional respectiva.
Exponer de forma visible los números de teléfonos para realizar denuncias.
Proporcionar información sobre la legislación vigente y costumbres locales en las publicaciones para los huéspedes.
No permitir niñas, niños o adolescentes sin vigilancia paseando o merodeando en zonas públicas del hotel.
Trabajar en el cumplimiento local de la legislación y con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.
Protocolos de actuación sugeridos:
Solicite el documento de identidad si sospecha que alguna de las personas que se van a alojar es menor de edad, no está acompañada por sus padres, ni tiene un permiso firmado por estos y/o puede ser víctima de explotación sexual comercial. Nota: Si se confirma lo anterior, no se puede permitir que las personas se alojen en el establecimiento.
Informe a las personas que solicitaron el servicio, que la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes es un delito grave.
Como medida de prevención, alerte al personal de seguridad, para impedir la salida de las personas del establecimiento.
Informe inmediatamente a la gerencia y/o administración de lo sucedido.
Informe sin pérdida de tiempo a las autoridades respectivas.
Recomendaciones a los actores de la actividad turística para el trato directo con un niño, niña o adolescente en situación de vulnerabilidad.
El papel del que trabaja ofreciendo servicios turísticos, no es de juez o policía, de psicólogo o sociólogo, ni de abogado, sin embargo, es importante que conozcan algunas pautas respeto al trato que deben recibir los niños, niñas y adolescentes que están siendo abusados sexualmente:
Dispensar a niños, niñas y adolescentes un trato respetuoso. Es importante hacerles sentir que nos interesan y que estamos prestos para ayudarles.
No interrogarlos: Cualquier pregunta deben realizarla los fiscales o autoridades competentes.
No culparlos: No son responsables de la situación de explotación sexual comercial en la que se encuentran.
No tratarlos como si fueran delincuentes: Los clientes y proxenetas son quienes incurren en un delito.
No exponerlos a los medios de comunicación: Es importante que se proteja la identidad de la niña, niño o adolescente, dado que su exposición a la opinión pública puede causarle daños irreversibles.
Darles información de los lugares donde podrán obtener apoyo: Para ello es necesario tener una lista mínima de los lugares que brindan este servicio en la región.
Evitar hablar con el niño, niña o adolescente sobre la problemática de la explotación sexual comercial infantil. Lo importante es asegurar un trato de acogida y comprensión.
Rompe el silencio. ¡Tú puedes denunciar!
Es responsabilidad de todos denunciar los casos de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes. Debemos superar las barreras de la tolerancia social y no aceptar que en nuestra comunidad se abuse y se explote a las niñas, niños o adolescentes. Hay que “generar una cultura de denuncia y proteger a la infancia de los explotadores sexuales”.
Los prestadores de servicios turísticos tienen la responsabilidad de denunciar los casos de explotación sexual comercial en el sector del Turismo. Como seres humanos, tenemos el deber y compromiso de proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes, de cualquier forma de explotación, ya sea en el ámbito laboral o personal.
“Es importante promover que la población general tome conciencia sobre su responsabilidad, como parte de la solución ante el problema de la explotación sexual comercial, mediante el estímulo de una cultura de respeto y protección de los derechos de las personas menores de edad y también por medio de la observación atenta del entorno y de compromiso en la denuncia de quienes promueven o forman parte de la ESC, como son los clientes explotadores, proxenetas e intermediarios”.
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